¿Tienes alguna pregunta?
Mensaje enviado Cerrar

Fuente: https://www.miteco.gob.es/es/prensa/220524ndpmapacontaminaciondifusaaguas_tcm30-540671.pdf

Esta medida sirve de referencia a las comunidades autónomas para la revisión de las zonas declaradas como vulnerables a este tipo de contaminación

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la resolución de la Dirección del Agua, de 9 de mayo de 2022, por la que se hace público el mapa de aguas afectadas por la contaminación difusa, en aplicación del recientemente adoptado Real Decreto 47/2022, de 18 de enero, sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias.

Dicha cartografía se encuentra ya a disposición del público a través del portal web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO).

El mapa digital visualizable a través del geoportal del Ministerio contiene la localización de las estaciones de seguimiento cuyas aguas muestran concentración en nitratos por encima de los límites de afección establecidos en el citado Real Decreto 47/2022, de 18 de enero, o han sido definidas como eutrofizadas de acuerdo con los análisis realizados.

Para cada una de las estaciones de control seleccionadas, la información puesta a disposición pública indica también los valores de concentración que determinan la afectación, el código de la masa de agua superficial o subterránea implicada y, en su caso, el de la zona vulnerable definida por la comunidad autónoma que corresponda.

La información sobre la que se sustenta este mapa es, sin alteración alguna, la notificada a la Unión Europea a finales de 2020, en aplicación de la Directiva 91/676/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por los nitratos utilizados en la agricultura. Dicha información está referida al cuatrienio 2016-2019.

DELIMITACIÓN DE ZONAS VULNERABLES

Con esta publicación de aguas afectadas empieza a contar el plazo en el que las comunidades autónomas deberán revisar la delimitación de las zonas vulnerables declaradas y, en su caso, los programas de actuación y los códigos de buenas prácticas agrarias con los que hacer frente a este tipo de contaminación.

Dichas revisiones deberán, además, considerar las medidas incluidas en los nuevos planes hidrológicos para alcanzar los objetivos ambientales requeridos por la Directiva Marco del Agua en las masas de agua y zonas protegidas.

Gracias al nuevo real decreto y a esta nueva declaración de aguas afectadas, se supera un problema de indefinición de estas aguas que se arrastraba desde que se produjo la anterior declaración, en mayo de 2011, únicamente referida a las cuencas intercomunitarias.

Con la nueva norma reglamentaria se agiliza el procedimiento de declaración llevado a cabo con esta publicación, que volverá a materializarse tras el traslado a la Comisión Europea del próximo informe de seguimiento referido al cuatrienio 2020-2023

DERECHO DE LA UE

Esta publicación también va dirigida a contribuir a la favorable resolución del procedimiento de infracción del derecho de la Unión Europea que la Comisión
Europea abrió contra España en el ámbito de aplicación de la Directiva 91/676/CEE. Dicho asunto se encuentra en fase de dictamen motivado conforme al artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, es decir, en la fase previa a la de presentar demanda ante el Tribunal de Justicia.

La simplificación de todos estos procedimientos, el alineamiento de objetivos con la nueva planificación hidrológica y la actuación coordinada de las autoridades competentes sobre esta materia, que abarca los sectores del agua y de la agricultura, han de resolver el grave de problema que provoca esta contaminación en España. La mejora perseguida, que solo será posible con el alineamiento de todas las autoridades competentes, habrá de quedar evidenciada en el siguiente informe cuatrienal que se notificará a la Unión Europea en el verano de 2024.

Deja una respuesta